Bitrenes de hasta 31,25 metros y 75 toneladas: el Gobierno reescribió el régimen de pesos y dimensiones del transporte de cargas (Decreto 689/2026)
El costo de sacar la mercadería del campo, la mina o el yacimiento hasta el puerto es una de las cosas que más encarece exportar desde la Argentina, y buena parte de ese costo lo fijaba una tabla de 1995. El decreto no la retoca: la reemplaza. Su artículo 1° dispone "Sustitúyese el Anexo R del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios" —el reglamento de pesos y dimensiones de la Ley de Tránsito— por un anexo nuevo. Las longitudes máximas quedan en 19,60 metros para el tractocamión con semirremolque de articulación simple y, para los bitrenes de doble articulación, en 23,40 metros (configuración B1), 26,50 (B2) y 31,25 (B3). Los pesos brutos totales combinados que informa la prensa especializada para esas configuraciones son de 60 toneladas para el B1 y 75 toneladas para el B2 y el B3. El decreto habilita además expresamente las mismas longitudes máximas a los vehículos con motorización a GNC dedicado y a los eléctricos puros e híbridos, un punto que el Gobierno vincula de forma directa con la disponibilidad de gas de Vaca Muerta. El argumento oficial lo resumió el ministro de Desregulación: "teníamos el absurdo de tener camiones que pudiendo cargar más no podían hacerlo porque la norma, obsoleta, lo prohibía", y el comunicado agrega que la actualización equipara los parámetros argentinos con los de Brasil —dato relevante para quien mueve carga por el Mercosur y venía armando dos logísticas distintas a cada lado de la frontera—. RIGOR, dos puntos: el cuerpo del decreto publicado en el Boletín Oficial fija las longitudes pero NO reproduce la tabla de pesos, que remite al Anexo R nuevo (identificado como IF-2026-58308528-APN-SSTAU#MEC) publicado sólo en la edición web, por lo que los tonelajes van atribuidos a la cobertura especializada y no citados del articulado; y ni el decreto ni el comunicado oficial cuantifican el ahorro logístico ni las toneladas adicionales por viaje, así que acá no se publica ninguna cifra de ahorro. El Gobierno eligió este decreto como uno de los tres ejemplos destacados de su informe mensual de desregulación de agosto de 2026.
- Instrumento
- Decreto 689/2026 (DECTO-2026-689-APN-PTE), publicado en el Boletín Oficial el 31/7/2026, aviso 53391/26, firmado por Milei, Caputo y Santilli. Su artículo 3° dispone que "el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL"
- Organismo afectado
- Poder Ejecutivo Nacional — sustituye el Anexo R del Decreto 779/95 (reglamento de la Ley de Tránsito), aplicación por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía
- Estado
- Vigente
- Última verificación
- 2026-09-08
Qué cambia
- Se sustituye por completo el Anexo R del Decreto 779/95 —la tabla de pesos y dimensiones del transporte terrestre de jurisdicción nacional— por un anexo nuevo
- Longitudes máximas: 19,60 m para el tractocamión con semirremolque de articulación simple; bitrenes de doble articulación en 23,40 m (B1), 26,50 m (B2) y 31,25 m (B3)
- Pesos brutos totales combinados según la cobertura especializada: 60 toneladas para el B1 y 75 toneladas para el B2 y el B3 (el cuerpo del decreto no reproduce la tabla: remite al anexo publicado en la edición web)
- Los vehículos con motorización a GNC dedicado y los eléctricos puros e híbridos acceden a las mismas longitudes máximas — el Gobierno lo vincula con el gas de Vaca Muerta
- El comunicado oficial señala que la actualización equipara los parámetros argentinos con los de Brasil
- La Secretaría de Transporte queda con margen para ajustar configuraciones a futuro sin necesidad de un decreto nuevo
- Estado real: vigente desde el 31/7/2026 por su artículo 3°. Es una norma nacional: cada provincia mantiene su propia autoridad sobre las rutas de su jurisdicción y los tramos habilitados para bitrenes, que no se resuelven con este decreto
Oportunidades
La Argentina exporta desde muy lejos del puerto: el litio sale de la puna de Jujuy, Salta y Catamarca, los granos del centro y el norte, el crudo y el gas de Neuquén. En viajes de mil kilómetros o más, cuántas toneladas entran en cada camión decide el costo por tonelada mucho más que el precio del flete por viaje. Una configuración que mueve 75 toneladas en lugar de una que movía menos reduce la cantidad de viajes para el mismo volumen, y eso baja combustible, choferes y tiempo de ciclo. Para una empresa extranjera que está modelando si conviene producir o procesar en la Argentina para exportar, este parámetro entra directo en el cálculo — y hasta ahora era un supuesto de 1995. Lo que hay que verificar antes de modelar con el número grande: qué rutas de la provincia donde opera están efectivamente habilitadas para la configuración que quiere usar.
Perfil: exportadores de granos y agroindustria, mineras y sus proveedores logísticos, operadores de Vaca Muerta, empresas de logística y transporte de cargas, y cualquier filial extranjera cuyo producto viaje por ruta hasta el puerto
El comunicado oficial declara que la actualización equipara los parámetros argentinos con los brasileños. Para quien mueve carga dentro del Mercosur eso apunta a un dolor concreto y caro: tener que planificar dos logísticas distintas, con equipos que servían de un lado y del otro no. Conviene tomarlo como una señal de convergencia y no como una homologación automática — el decreto argentino no habilita por sí mismo circular en Brasil, y el tránsito internacional sigue teniendo sus propios permisos. Vale confirmarlo con el operador logístico antes de comprar equipo pensando en usarlo en los dos países.
Perfil: empresas con operaciones o clientes en Brasil, operadores de comercio intra-Mercosur, áreas de supply chain que evalúan estandarizar flota regional
Fuentes
- Boletín Oficial — Decreto 689/2026 (texto oficial, aviso 53391/26) ↗
- Argentina.gob.ar (oficial) — El Gobierno actualiza las reglas de pesos y dimensiones para modernizar el transporte y reducir costos ↗
- Infobae Movant — Actualizan las reglas para camiones y bitrenes y amplían las configuraciones permitidas (tonelajes por configuración) ↗
- Diario Río Negro — El Gobierno cambió por decreto las reglas para el transporte de cargas: más peso, bitrenes y guiño al GNC de Vaca Muerta ↗
Registro construido a partir de: 31 de julio de 2026 — El Gobierno sustituyó el régimen de pesos y dimensiones del transporte de cargas: bitrenes de hasta 31,25 metros y 75 toneladas (Decreto 689/2026) · ingesta 2026-09-08. Es información, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia con "Bitrenes de hasta 31,25 metros y 75 toneladas: el Gobierno reescribió el régimen de pesos y dimensiones del transporte de cargas (Decreto 689/2026)"?
El costo de sacar la mercadería del campo, la mina o el yacimiento hasta el puerto es una de las cosas que más encarece exportar desde la Argentina, y buena parte de ese costo lo fijaba una tabla de 1995. El decreto no la retoca: la reemplaza. Su artículo 1° dispone "Sustitúyese el Anexo R del Decreto N° 779 del 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios" —el reglamento de pesos y dimensiones de la Ley de Tránsito— por un anexo nuevo. Las longitudes máximas quedan en 19,60 metros para el tractocamión con semirremolque de articulación simple y, para los bitrenes de doble articulación, en 23,40 metros (configuración B1), 26,50 (B2) y 31,25 (B3). Los pesos brutos totales combinados que informa la prensa especializada para esas configuraciones son de 60 toneladas para el B1 y 75 toneladas para el B2 y el B3. El decreto habilita además expresamente las mismas longitudes máximas a los vehículos con motorización a GNC dedicado y a los eléctricos puros e híbridos, un punto que el Gobierno vincula de forma directa con la disponibilidad de gas de Vaca Muerta. El argumento oficial lo resumió el ministro de Desregulación: "teníamos el absurdo de tener camiones que pudiendo cargar más no podían hacerlo porque la norma, obsoleta, lo prohibía", y el comunicado agrega que la actualización equipara los parámetros argentinos con los de Brasil —dato relevante para quien mueve carga por el Mercosur y venía armando dos logísticas distintas a cada lado de la frontera—. RIGOR, dos puntos: el cuerpo del decreto publicado en el Boletín Oficial fija las longitudes pero NO reproduce la tabla de pesos, que remite al Anexo R nuevo (identificado como IF-2026-58308528-APN-SSTAU#MEC) publicado sólo en la edición web, por lo que los tonelajes van atribuidos a la cobertura especializada y no citados del articulado; y ni el decreto ni el comunicado oficial cuantifican el ahorro logístico ni las toneladas adicionales por viaje, así que acá no se publica ninguna cifra de ahorro. El Gobierno eligió este decreto como uno de los tres ejemplos destacados de su informe mensual de desregulación de agosto de 2026. En concreto: Se sustituye por completo el Anexo R del Decreto 779/95 —la tabla de pesos y dimensiones del transporte terrestre de jurisdicción nacional— por un anexo nuevo; Longitudes máximas: 19,60 m para el tractocamión con semirremolque de articulación simple; bitrenes de doble articulación en 23,40 m (B1), 26,50 m (B2) y 31,25 m (B3); Pesos brutos totales combinados según la cobertura especializada: 60 toneladas para el B1 y 75 toneladas para el B2 y el B3 (el cuerpo del decreto no reproduce la tabla: remite al anexo publicado en la edición web); Los vehículos con motorización a GNC dedicado y los eléctricos puros e híbridos acceden a las mismas longitudes máximas — el Gobierno lo vincula con el gas de Vaca Muerta; El comunicado oficial señala que la actualización equipara los parámetros argentinos con los de Brasil; La Secretaría de Transporte queda con margen para ajustar configuraciones a futuro sin necesidad de un decreto nuevo; Estado real: vigente desde el 31/7/2026 por su artículo 3°. Es una norma nacional: cada provincia mantiene su propia autoridad sobre las rutas de su jurisdicción y los tramos habilitados para bitrenes, que no se resuelven con este decreto.
¿"Bitrenes de hasta 31,25 metros y 75 toneladas: el Gobierno reescribió el régimen de pesos y dimensiones del transporte de cargas (Decreto 689/2026)" ya es ley o está vigente?
Sí: es una norma vigente. Instrumento: Decreto 689/2026 (DECTO-2026-689-APN-PTE), publicado en el Boletín Oficial el 31/7/2026, aviso 53391/26, firmado por Milei, Caputo y Santilli. Su artículo 3° dispone que "el presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL". Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.
¿Qué oportunidad abre para empresas?
Menos costo por tonelada en el tramo que más pesa al exportar desde la Argentina: La Argentina exporta desde muy lejos del puerto: el litio sale de la puna de Jujuy, Salta y Catamarca, los granos del centro y el norte, el crudo y el gas de Neuquén. En viajes de mil kilómetros o más, cuántas toneladas entran en cada camión decide el costo por tonelada mucho más que el precio del flete por viaje. Una configuración que mueve 75 toneladas en lugar de una que movía menos reduce la cantidad de viajes para el mismo volumen, y eso baja combustible, choferes y tiempo de ciclo. Para una empresa extranjera que está modelando si conviene producir o procesar en la Argentina para exportar, este parámetro entra directo en el cálculo — y hasta ahora era un supuesto de 1995. Lo que hay que verificar antes de modelar con el número grande: qué rutas de la provincia donde opera están efectivamente habilitadas para la configuración que quiere usar.
¿A qué sector y organismo afecta?
Sector: infraestructura. Organismo afectado: Poder Ejecutivo Nacional — sustituye el Anexo R del Decreto 779/95 (reglamento de la Ley de Tránsito), aplicación por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
¿Cuándo se verificó esta información por última vez?
Última verificación editorial: 2026-09-08, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.
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