laboralVigente2026-07-24

Sueldos en dólares: el BCRA habilitó la cuenta sueldo en moneda estadounidense (Comunicación “A” 8460)

La Ley 27.802 de Modernización Laboral ya admitía que el salario se pague en moneda nacional o extranjera, pero faltaba la pata bancaria: la “cuenta sueldo” —esa cuenta especial que por norma del Banco Central es gratuita para el trabajador— solo podía abrirse en pesos. Una empresa que quisiera pagar en dólares tenía que hacerlo por fuera de ese régimen, con las comisiones y la fricción de una caja de ahorro común. La Comunicación “A” 8460 cierra esa brecha: incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la cuenta sueldo. En la práctica, un empleador puede acreditar la remuneración en dólares en una cuenta que para el empleado no tiene costo de apertura, de mantenimiento, de transferencias ni de extracciones, y —el detalle fino más importante— esa gratuidad alcanza hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo: el trabajador puede dejar los dólares depositados el tiempo que quiera y retirarlos después sin perder el beneficio. Sobre el efectivo, el Banco Central fue explícito: atender el depósito y la extracción de billetes es obligatorio en la sucursal donde está radicada la cuenta y, en la medida en que la entidad tenga disponibilidad operativa de numerario, también en las demás sucursales, en cajeros automáticos y en terminales de autoservicio. La norma alcanza tanto a trabajadores en relación de dependencia como a esquemas de remuneración no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo. Un punto importante para no leer de más: el Banco Central habilitó el vehículo, no impuso nada — no obliga a ningún empleador a dolarizar sueldos ni define qué trabajadores cobran en moneda extranjera; eso sigue siendo materia de la relación laboral. Vigente desde su publicación.

Instrumento
Comunicación “A” 8460 del BCRA (24/7/2026), Circular OPASI 2-742: incorpora el dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la “Cuenta sueldo” (punto 2.1 del texto ordenado) y extiende a esas cuentas la gratuidad del punto 2.6. Implementa en el sistema financiero la Ley 27.802 de Modernización Laboral (BO 6/3/2026), que admite el pago de la remuneración en moneda nacional o extranjera
Organismo afectado
Banco Central de la República Argentina — texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales (obligaciones para todas las entidades financieras)
Estado
Vigente
Última verificación
2026-07-25

Qué cambia

Oportunidades

NegocioPagar en dólares al talento argentino, sin fricción bancaria

Es una de las medidas más directamente útiles para una empresa extranjera que contrata en la Argentina. Hasta ahora, competir por talento con sueldos en dólares implicaba resolverlo por fuera del régimen de cuenta sueldo —con comisiones y fricción para el empleado— o pagar afuera, con los problemas que eso trae. Ahora el salario en dólares tiene su vehículo bancario formal y gratuito para el trabajador, con billetes disponibles en la sucursal. Para equipos de tecnología, servicios profesionales y esquemas de nearshoring, resuelve dos cosas a la vez: la propuesta salarial deja de erosionarse con la inflación en pesos y el empleado no paga por recibir su sueldo. Combinado con el fin del cepo para dividendos y el nuevo régimen de convenios colectivos, completa el cuadro de contratar en la Argentina con reglas más parecidas a las del resto del mundo.

Perfil: empresas extranjeras que contratan talento local, equipos de tecnología y servicios profesionales, nearshoring, EOR y proveedores de payroll

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Fuentes

Registro construido a partir de: 24 de julio de 2026 — El BCRA incorporó el dólar como moneda admitida para la cuenta sueldo: las empresas ya pueden pagar salarios en dólares con una cuenta gratuita para el trabajador (Comunicación “A” 8460) · ingesta 2026-07-25. Es información, no asesoramiento legal.

Preguntas frecuentes

¿Qué cambia con "Sueldos en dólares: el BCRA habilitó la cuenta sueldo en moneda estadounidense (Comunicación “A” 8460)"?

La Ley 27.802 de Modernización Laboral ya admitía que el salario se pague en moneda nacional o extranjera, pero faltaba la pata bancaria: la “cuenta sueldo” —esa cuenta especial que por norma del Banco Central es gratuita para el trabajador— solo podía abrirse en pesos. Una empresa que quisiera pagar en dólares tenía que hacerlo por fuera de ese régimen, con las comisiones y la fricción de una caja de ahorro común. La Comunicación “A” 8460 cierra esa brecha: incorpora al dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la cuenta sueldo. En la práctica, un empleador puede acreditar la remuneración en dólares en una cuenta que para el empleado no tiene costo de apertura, de mantenimiento, de transferencias ni de extracciones, y —el detalle fino más importante— esa gratuidad alcanza hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral acumulando los importes no retirados sin límite de tiempo: el trabajador puede dejar los dólares depositados el tiempo que quiera y retirarlos después sin perder el beneficio. Sobre el efectivo, el Banco Central fue explícito: atender el depósito y la extracción de billetes es obligatorio en la sucursal donde está radicada la cuenta y, en la medida en que la entidad tenga disponibilidad operativa de numerario, también en las demás sucursales, en cajeros automáticos y en terminales de autoservicio. La norma alcanza tanto a trabajadores en relación de dependencia como a esquemas de remuneración no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo. Un punto importante para no leer de más: el Banco Central habilitó el vehículo, no impuso nada — no obliga a ningún empleador a dolarizar sueldos ni define qué trabajadores cobran en moneda extranjera; eso sigue siendo materia de la relación laboral. Vigente desde su publicación. En concreto: El dólar estadounidense pasa a ser moneda admitida para la captación de depósitos en la “Cuenta sueldo” (punto 2.1 del texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales): antes la cuenta sueldo solo podía ser en pesos; La gratuidad propia de la cuenta sueldo se extiende a las cuentas en dólares: sin costo de apertura, mantenimiento, transferencias ni extracciones para el trabajador; Esa gratuidad alcanza hasta el monto de las acreditaciones derivadas de la relación laboral y acumula los importes no retirados sin límite de tiempo (se pueden dejar los dólares en la cuenta y retirarlos más adelante); Depósito y extracción de dólares en efectivo: obligatorio en la sucursal de radicación de la cuenta y, si la entidad tiene disponibilidad operativa de numerario, también en las demás sucursales, cajeros automáticos y terminales de autoservicio; Alcanza a trabajadores en relación de dependencia y también a esquemas de remuneración no alcanzados por el Régimen de Contrato de Trabajo; Es una habilitación, no una obligación: el BCRA no obliga a dolarizar las remuneraciones ni define quién cobra en moneda extranjera — el vehículo bancario existe, la decisión sigue siendo de la relación laboral.

¿"Sueldos en dólares: el BCRA habilitó la cuenta sueldo en moneda estadounidense (Comunicación “A” 8460)" ya es ley o está vigente?

Sí: es una norma vigente. Instrumento: Comunicación “A” 8460 del BCRA (24/7/2026), Circular OPASI 2-742: incorpora el dólar estadounidense como moneda admitida para la captación de depósitos en la “Cuenta sueldo” (punto 2.1 del texto ordenado) y extiende a esas cuentas la gratuidad del punto 2.6. Implementa en el sistema financiero la Ley 27.802 de Modernización Laboral (BO 6/3/2026), que admite el pago de la remuneración en moneda nacional o extranjera. Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.

¿Qué oportunidad abre para empresas?

Pagar en dólares al talento argentino, sin fricción bancaria: Es una de las medidas más directamente útiles para una empresa extranjera que contrata en la Argentina. Hasta ahora, competir por talento con sueldos en dólares implicaba resolverlo por fuera del régimen de cuenta sueldo —con comisiones y fricción para el empleado— o pagar afuera, con los problemas que eso trae. Ahora el salario en dólares tiene su vehículo bancario formal y gratuito para el trabajador, con billetes disponibles en la sucursal. Para equipos de tecnología, servicios profesionales y esquemas de nearshoring, resuelve dos cosas a la vez: la propuesta salarial deja de erosionarse con la inflación en pesos y el empleado no paga por recibir su sueldo. Combinado con el fin del cepo para dividendos y el nuevo régimen de convenios colectivos, completa el cuadro de contratar en la Argentina con reglas más parecidas a las del resto del mundo.

¿A qué sector y organismo afecta?

Sector: laboral. Organismo afectado: Banco Central de la República Argentina — texto ordenado sobre Depósitos de Ahorro, Cuenta Sueldo y Especiales (obligaciones para todas las entidades financieras).

¿Cuándo se verificó esta información por última vez?

Última verificación editorial: 2026-07-25, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.

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