El 'Súper RIGI' para nuevas industrias: media sanción de Diputados, piso de USD 1.000 millones y un dictamen del Senado que sigue sin firmarse
El llamado 'Súper RIGI' es un segundo régimen de incentivos, más profundo que el RIGI que rige desde la Ley Bases, dirigido a inversiones de frontera tecnológica. La diferencia de escala es el punto: mientras el RIGI vigente pide un piso de USD 200 millones, este proyecto exige USD 1.000 millones —cinco veces más— y a cambio ofrece beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios más agresivos, con estabilidad por 30 años. Obtuvo media sanción en Diputados el 24 de junio de 2026 con 130 votos a favor, 106 en contra y 7 abstenciones, con el apoyo del bloque libertario, el PRO, la UCR, el MID y bloques provinciales. Desde entonces está en el Senado, en plenario de tres comisiones, y ahí se frenó: el oficialismo había planificado firmar el dictamen el miércoles 26 de agosto, al terminar la ronda de expositores, pero no consiguió el consenso necesario. Según la prensa especializada, los bloques aliados condicionan su firma a dos modificaciones concretas: que el régimen alcance también a industrias que YA existen en la Argentina —hoy quedan excluidas, porque el proyecto está escrito para industrias nuevas— y que se incorporen cláusulas que obliguen a las empresas beneficiarias a realizar obra pública en rutas nacionales. Si el dictamen no salía en agosto, el tratamiento en el recinto se corre a septiembre. Para una empresa extranjera, el dato más importante de todo esto no es el paquete de beneficios —al que casi nadie califica— sino esa exclusión: tal como está redactado, el régimen premia actividad nueva y deja afuera a la que ya opera, lo que convierte la forma en que se estructura una expansión argentina en una decisión con consecuencias fiscales de treinta años. Y el segundo dato es el estado: esto es un proyecto de ley en discusión, no derecho vigente, y el propio hecho de que el dictamen se haya trabado muestra que su contenido final todavía puede cambiar.
- Instrumento
- Proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados del 24 de junio de 2026 (130 votos afirmativos, 106 negativos, 7 abstenciones). En el Senado tramita en plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Economía Nacional e Inversión, y Legislación General. NO es ley: no puede invocarse ni planificarse sobre él
- Organismo afectado
- Congreso de la Nación — proyecto de ley de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, impulsado por el Ministerio de Economía; se suma al RIGI vigente desde la Ley Bases 27.742 sin reemplazarlo
- Estado
- A Congreso
- Última verificación
- 2026-08-26
Qué cambia
- Crea un régimen paralelo y más profundo que el RIGI vigente, dirigido a inversiones en 'nuevas industrias' de frontera tecnológica — no lo reemplaza: convivirían los dos
- Piso de inversión de USD 1.000 millones, cinco veces el umbral del RIGI actual (USD 200 millones), con un porcentaje de ejecución exigido en los primeros dos años
- Estabilidad fiscal, aduanera y cambiaria por 30 años, el mismo plazo que ofrece el RIGI vigente
- Según el detalle publicado por El Cronista —no verificado contra el texto del proyecto—: impuesto a las Ganancias del 15% (contra 25% del RIGI y 35% del régimen general), amortización acelerada del 60% en el primer año más 20% en cada uno de los dos siguientes, y retención sobre dividendos del 3,5% después de cuatro años (contra 7%)
- ⚠️ Los sectores alcanzados VARÍAN según la fuente consultada y no se pudo fijar la lista contra el texto del proyecto: unas enumeran litio, baterías, hidrógeno, GNL, reactores nucleares, vehículos eléctricos, paneles solares, turbinas eólicas, aeroespacial, fertilizantes y centros de datos; otras hablan de centros de datos de inteligencia artificial, semiconductores, biotecnología, infraestructura digital estratégica, minería e hidrocarburos. Antes de asumir que una actividad califica, hay que leer el articulado
- ⭐ Tal como está redactado, quedan EXCLUIDAS las industrias que ya existen en la Argentina — es justamente una de las dos modificaciones que los bloques aliados reclaman para firmar el dictamen
- La segunda modificación reclamada: cláusulas que obliguen a las empresas beneficiarias a ejecutar obra pública en rutas nacionales
- Estado real al 26 de agosto de 2026: media sanción de Diputados (24/6), en plenario de tres comisiones del Senado y SIN dictamen firmado. La firma prevista para el 26 de agosto no reunió consenso; el tratamiento en el recinto se proyecta para septiembre
- Objeciones planteadas por expositores en el Senado: que la definición de 'actividad económica' alcanzada quede delegada a la reglamentación del Poder Ejecutivo, cláusulas ambientales consideradas insuficientes, el alcance temporal del régimen y restricciones a la compra estatal de insumos nacionales
Oportunidades
El umbral de USD 1.000 millones deja fuera a casi cualquier empresa que lea esto: no es un régimen al que se 'aplica'. Lo que sí importa, y a un universo mucho más amplio, es el criterio con el que está escrito. Si el texto llega a ley excluyendo a las industrias ya instaladas —que es como está hoy—, entonces para un grupo extranjero no da lo mismo canalizar una nueva línea de negocio a través de la sociedad argentina que ya tiene que constituir un vehículo nuevo para esa actividad. Es la misma pregunta que ya decide el acceso al RIGI vigente, con una diferencia de escala en las consecuencias: treinta años de estabilidad fiscal. Lo accionable hoy no es apurar nada, es al revés: si hay una inversión grande en carpeta, conviene que el asesor argentino siga el articulado antes de definir la estructura societaria, porque una decisión tomada por comodidad administrativa puede cerrar una puerta que después no se reabre. Y conviene tenerlo en la agenda por una razón adicional: si el régimen sale, los proyectos que califiquen arrastran una cadena de proveedores internacionales que sí necesitan estructura local, y ese efecto llega mucho antes que el primer desembolso.
Perfil: grupos extranjeros con inversiones de gran escala en carpeta en energía, minería, tecnología o infraestructura digital, y sus asesores legales e impositivos en la Argentina
Este proyecto sirve para algo más que su propio contenido. Tiene media sanción de una de las dos cámaras desde junio, respaldo del Poder Ejecutivo y de varios bloques, y aun así lleva dos meses sin dictamen en el Senado, trabado por dos pedidos de modificación concretos. Para quien evalúa la Argentina desde afuera, ese dato vale tanto como el paquete de beneficios: mide cuánto tarda y cuánto se transforma una iniciativa entre el anuncio y la ley. La lectura práctica es no construir un modelo financiero sobre incentivos que todavía no existen —y, del otro lado, no descartar el país por un régimen que no salió, porque el que sí está vigente (el RIGI) tiene su ventana de adhesión abierta hasta el 8 de julio de 2027 y ese sí es derecho aplicable hoy.
Perfil: comités de inversión y equipos de riesgo país que evalúan la Argentina como destino, y proveedores internacionales que siguen la cadena de los megaproyectos
Fuentes
- Cámara de Diputados de la Nación (oficial) — Diputados le dio media sanción al 'Súper RIGI' que incentiva grandes inversiones en nuevas industrias ↗
- Senado de la Nación (oficial) — Funcionarios de Economía explicaron el Súper RIGI en reunión plenaria de comisiones ↗
- El Cronista — Súper RIGI: los dos cambios que piden los aliados y frenan el dictamen en el Senado (detalle de beneficios y estado del trámite) ↗
- Parlamentario — Aún sin despacho a la vista, el Senado escuchó a expositores que cuestionaron el Súper RIGI (19/8/2026) ↗
- La Nación — El oficialismo consiguió aprobar en Diputados el Súper RIGI para atraer megainversiones en el área tecnológica (24/6/2026) ↗
- Parlamentario — El oficialismo logró la media sanción del Súper RIGI tras un debate con fuertes cruces (24/6/2026) ↗
Registro construido a partir de: 26 de agosto de 2026 — El 'Súper RIGI', el régimen de incentivo para grandes inversiones en nuevas industrias, tiene media sanción de Diputados desde el 24 de junio y sigue trabado en comisiones del Senado: el dictamen previsto para hoy no reunió consenso · ingesta 2026-08-26. Es información, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia con "El 'Súper RIGI' para nuevas industrias: media sanción de Diputados, piso de USD 1.000 millones y un dictamen del Senado que sigue sin firmarse"?
El llamado 'Súper RIGI' es un segundo régimen de incentivos, más profundo que el RIGI que rige desde la Ley Bases, dirigido a inversiones de frontera tecnológica. La diferencia de escala es el punto: mientras el RIGI vigente pide un piso de USD 200 millones, este proyecto exige USD 1.000 millones —cinco veces más— y a cambio ofrece beneficios impositivos, aduaneros y cambiarios más agresivos, con estabilidad por 30 años. Obtuvo media sanción en Diputados el 24 de junio de 2026 con 130 votos a favor, 106 en contra y 7 abstenciones, con el apoyo del bloque libertario, el PRO, la UCR, el MID y bloques provinciales. Desde entonces está en el Senado, en plenario de tres comisiones, y ahí se frenó: el oficialismo había planificado firmar el dictamen el miércoles 26 de agosto, al terminar la ronda de expositores, pero no consiguió el consenso necesario. Según la prensa especializada, los bloques aliados condicionan su firma a dos modificaciones concretas: que el régimen alcance también a industrias que YA existen en la Argentina —hoy quedan excluidas, porque el proyecto está escrito para industrias nuevas— y que se incorporen cláusulas que obliguen a las empresas beneficiarias a realizar obra pública en rutas nacionales. Si el dictamen no salía en agosto, el tratamiento en el recinto se corre a septiembre. Para una empresa extranjera, el dato más importante de todo esto no es el paquete de beneficios —al que casi nadie califica— sino esa exclusión: tal como está redactado, el régimen premia actividad nueva y deja afuera a la que ya opera, lo que convierte la forma en que se estructura una expansión argentina en una decisión con consecuencias fiscales de treinta años. Y el segundo dato es el estado: esto es un proyecto de ley en discusión, no derecho vigente, y el propio hecho de que el dictamen se haya trabado muestra que su contenido final todavía puede cambiar. En concreto: Crea un régimen paralelo y más profundo que el RIGI vigente, dirigido a inversiones en 'nuevas industrias' de frontera tecnológica — no lo reemplaza: convivirían los dos; Piso de inversión de USD 1.000 millones, cinco veces el umbral del RIGI actual (USD 200 millones), con un porcentaje de ejecución exigido en los primeros dos años; Estabilidad fiscal, aduanera y cambiaria por 30 años, el mismo plazo que ofrece el RIGI vigente; Según el detalle publicado por El Cronista —no verificado contra el texto del proyecto—: impuesto a las Ganancias del 15% (contra 25% del RIGI y 35% del régimen general), amortización acelerada del 60% en el primer año más 20% en cada uno de los dos siguientes, y retención sobre dividendos del 3,5% después de cuatro años (contra 7%); ⚠️ Los sectores alcanzados VARÍAN según la fuente consultada y no se pudo fijar la lista contra el texto del proyecto: unas enumeran litio, baterías, hidrógeno, GNL, reactores nucleares, vehículos eléctricos, paneles solares, turbinas eólicas, aeroespacial, fertilizantes y centros de datos; otras hablan de centros de datos de inteligencia artificial, semiconductores, biotecnología, infraestructura digital estratégica, minería e hidrocarburos. Antes de asumir que una actividad califica, hay que leer el articulado; ⭐ Tal como está redactado, quedan EXCLUIDAS las industrias que ya existen en la Argentina — es justamente una de las dos modificaciones que los bloques aliados reclaman para firmar el dictamen; La segunda modificación reclamada: cláusulas que obliguen a las empresas beneficiarias a ejecutar obra pública en rutas nacionales; Estado real al 26 de agosto de 2026: media sanción de Diputados (24/6), en plenario de tres comisiones del Senado y SIN dictamen firmado. La firma prevista para el 26 de agosto no reunió consenso; el tratamiento en el recinto se proyecta para septiembre; Objeciones planteadas por expositores en el Senado: que la definición de 'actividad económica' alcanzada quede delegada a la reglamentación del Poder Ejecutivo, cláusulas ambientales consideradas insuficientes, el alcance temporal del régimen y restricciones a la compra estatal de insumos nacionales.
¿"El 'Súper RIGI' para nuevas industrias: media sanción de Diputados, piso de USD 1.000 millones y un dictamen del Senado que sigue sin firmarse" ya es ley o está vigente?
Todavía no: es un proyecto de ley que debe tratarse en el Congreso. Instrumento: Proyecto de ley con media sanción de la Cámara de Diputados del 24 de junio de 2026 (130 votos afirmativos, 106 negativos, 7 abstenciones). En el Senado tramita en plenario de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Economía Nacional e Inversión, y Legislación General. NO es ley: no puede invocarse ni planificarse sobre él. Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.
¿Qué oportunidad abre para empresas?
La exclusión de las industrias existentes convierte la forma de estructurar una expansión en una decisión de treinta años: El umbral de USD 1.000 millones deja fuera a casi cualquier empresa que lea esto: no es un régimen al que se 'aplica'. Lo que sí importa, y a un universo mucho más amplio, es el criterio con el que está escrito. Si el texto llega a ley excluyendo a las industrias ya instaladas —que es como está hoy—, entonces para un grupo extranjero no da lo mismo canalizar una nueva línea de negocio a través de la sociedad argentina que ya tiene que constituir un vehículo nuevo para esa actividad. Es la misma pregunta que ya decide el acceso al RIGI vigente, con una diferencia de escala en las consecuencias: treinta años de estabilidad fiscal. Lo accionable hoy no es apurar nada, es al revés: si hay una inversión grande en carpeta, conviene que el asesor argentino siga el articulado antes de definir la estructura societaria, porque una decisión tomada por comodidad administrativa puede cerrar una puerta que después no se reabre. Y conviene tenerlo en la agenda por una razón adicional: si el régimen sale, los proyectos que califiquen arrastran una cadena de proveedores internacionales que sí necesitan estructura local, y ese efecto llega mucho antes que el primer desembolso.
¿A qué sector y organismo afecta?
Sector: inversiones. Organismo afectado: Congreso de la Nación — proyecto de ley de Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones en Nuevas Industrias, impulsado por el Ministerio de Economía; se suma al RIGI vigente desde la Ley Bases 27.742 sin reemplazarlo.
¿Cuándo se verificó esta información por última vez?
Última verificación editorial: 2026-08-26, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.
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