inversionesVigente2026-08-25

El trámite para acceder a los beneficios impositivos del RIMI ya tiene sistema propio y obligatorio: ARCA implementó el Sistema de Gestión de Inversiones (Resolución General 5889/2026)

El RIMI —el régimen que da amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de créditos de IVA a inversiones productivas de entre USD 150.000 y USD 9 millones, abierto por ley a inversores nacionales y extranjeros— existe desde abril de 2026 (Decreto 242/2026) y fue reglamentado en mayo (Resolución General Conjunta 5849/2026), pero hasta ahora el mecanismo operativo para usarlo no estaba del todo cerrado. Eso es lo que cambia hoy: ARCA implementó con carácter general el 'Sistema de Gestión de Inversiones' (SGI), el servicio web único y obligatorio a través del cual toda empresa que quiera adherirse al RIMI debe registrar sus proyectos de inversión, vincular los comprobantes que los acreditan, seleccionar los beneficios fiscales que pretende usar y hacer el seguimiento de la inversión informada. La norma no crea un beneficio nuevo ni cambia los montos ni los requisitos de fondo del RIMI (que siguen fijados por el Decreto 242/2026 y la RG Conjunta 5849/2026): es la puesta en producción del canal digital por el que, de acá en más, pasa todo el trámite. El texto de la resolución deja además una señal para el mediano plazo: el SGI está pensado para 'reemplazar gradualmente los procedimientos vigentes' de gestión de inversiones productivas de 'los regímenes existentes, así como aquellas que correspondan a nuevas inversiones y/o beneficios e incentivos tributarios', incorporando 'en esta primera etapa' únicamente al RIMI — es decir, ARCA está construyendo una ventanilla digital única para regímenes de inversión que hoy solo cubre RIMI, pero que el propio organismo dice que va a ampliar. Antes de poder operar en el sistema, la empresa tiene que tener resueltas cinco cuestiones administrativas de base: CUIT en estado 'Activo', alta en los impuestos correspondientes, domicilio fiscal actualizado y sin inconsistencias, código de actividad económica (CLAE) al día, y Domicilio Fiscal Electrónico constituido — ninguno de estos cinco puntos es específico del RIMI, son requisitos generales de ARCA, pero si alguno falta el sistema no deja avanzar. La resolución también aclara dos puntos operativos que conviene tener presentes: para el beneficio de IVA, el SGI solo permite presentar una presolicitud, y la solicitud formal se tramita aparte, por la Resolución General 5173; y para la amortización acelerada en Ganancias, la información hay que cargarla en el SGI antes del vencimiento de la declaración jurada donde se use ese beneficio, y los bienes declarados en esa DDJJ tienen que coincidir exactamente con los informados en el sistema.

Instrumento
Resolución General 5889/2026 de ARCA (RESOG-2026-5889-E-ARCA-ARCA), firmada por el Director Ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, fechada el 24/8/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 25/8/2026 (aviso N° 59851/26). Vigente desde el día de su publicación
Organismo afectado
Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) — regula el acceso al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), creado por el Título XXIII de la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 242/2026 y la Resolución General Conjunta 5849/2026
Estado
Vigente
Última verificación
2026-08-25

Qué cambia

Oportunidades

NegocioEl canal para pedir los beneficios fiscales del RIMI ya está operativo, no solo anunciado

Para la filial argentina de un grupo extranjero de porte mediano (hasta USD 9 millones de inversión, categoría PyME o Mediana Tramo 2) que evalúa un proyecto productivo local, esto cierra la brecha entre 'el régimen existe en el papel' y 'hay un trámite concreto para usarlo': antes de esta resolución, el RIMI estaba reglamentado pero el mecanismo operativo para inscribirse y pedir los beneficios no tenía todavía su implementación general. Lo accionable hoy es un chequeo de prerrequisitos administrativos con el contador local — CUIT activo, domicilio fiscal sin inconsistencias, CLAE actualizado y Domicilio Fiscal Electrónico— antes de intentar cargar un proyecto en el SGI, porque cualquiera de esos cinco puntos sin resolver traba el ingreso al sistema. Sigue sin ser un régimen para proyectos grandes (para eso está el RIGI, con piso de USD 200 millones): el RIMI apunta a inversión productiva de escala media.

Perfil: filiales argentinas de grupos extranjeros de porte mediano que evalúan inversión productiva local (bienes muebles amortizables, obras) de entre USD 150.000 y USD 9 millones, y sus estudios contables/impositivos

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Fuentes

Registro construido a partir de: 25 de agosto de 2026 — ARCA implementó el sistema web obligatorio para gestionar los beneficios impositivos del RIMI, el régimen de incentivo para medianas inversiones (Resolución General 5889/2026) · ingesta 2026-08-25. Es información, no asesoramiento legal.

Preguntas frecuentes

¿Qué cambia con "El trámite para acceder a los beneficios impositivos del RIMI ya tiene sistema propio y obligatorio: ARCA implementó el Sistema de Gestión de Inversiones (Resolución General 5889/2026)"?

El RIMI —el régimen que da amortización acelerada en Ganancias y devolución anticipada de créditos de IVA a inversiones productivas de entre USD 150.000 y USD 9 millones, abierto por ley a inversores nacionales y extranjeros— existe desde abril de 2026 (Decreto 242/2026) y fue reglamentado en mayo (Resolución General Conjunta 5849/2026), pero hasta ahora el mecanismo operativo para usarlo no estaba del todo cerrado. Eso es lo que cambia hoy: ARCA implementó con carácter general el 'Sistema de Gestión de Inversiones' (SGI), el servicio web único y obligatorio a través del cual toda empresa que quiera adherirse al RIMI debe registrar sus proyectos de inversión, vincular los comprobantes que los acreditan, seleccionar los beneficios fiscales que pretende usar y hacer el seguimiento de la inversión informada. La norma no crea un beneficio nuevo ni cambia los montos ni los requisitos de fondo del RIMI (que siguen fijados por el Decreto 242/2026 y la RG Conjunta 5849/2026): es la puesta en producción del canal digital por el que, de acá en más, pasa todo el trámite. El texto de la resolución deja además una señal para el mediano plazo: el SGI está pensado para 'reemplazar gradualmente los procedimientos vigentes' de gestión de inversiones productivas de 'los regímenes existentes, así como aquellas que correspondan a nuevas inversiones y/o beneficios e incentivos tributarios', incorporando 'en esta primera etapa' únicamente al RIMI — es decir, ARCA está construyendo una ventanilla digital única para regímenes de inversión que hoy solo cubre RIMI, pero que el propio organismo dice que va a ampliar. Antes de poder operar en el sistema, la empresa tiene que tener resueltas cinco cuestiones administrativas de base: CUIT en estado 'Activo', alta en los impuestos correspondientes, domicilio fiscal actualizado y sin inconsistencias, código de actividad económica (CLAE) al día, y Domicilio Fiscal Electrónico constituido — ninguno de estos cinco puntos es específico del RIMI, son requisitos generales de ARCA, pero si alguno falta el sistema no deja avanzar. La resolución también aclara dos puntos operativos que conviene tener presentes: para el beneficio de IVA, el SGI solo permite presentar una presolicitud, y la solicitud formal se tramita aparte, por la Resolución General 5173; y para la amortización acelerada en Ganancias, la información hay que cargarla en el SGI antes del vencimiento de la declaración jurada donde se use ese beneficio, y los bienes declarados en esa DDJJ tienen que coincidir exactamente con los informados en el sistema. En concreto: ARCA implementó con carácter general el 'Sistema de Gestión de Inversiones' (SGI): el servicio web único y obligatorio para gestionar el RIMI, vigente desde el 25/8/2026; A través del SGI se registran los proyectos de inversión, se vinculan los comprobantes que acreditan cada inversión, se seleccionan los beneficios fiscales a usufructuar (amortización acelerada en Ganancias y/o devolución de créditos de IVA) y se hace el seguimiento de lo informado; Cinco requisitos previos de acceso al sistema: CUIT 'Activo', alta en los impuestos correspondientes, domicilio fiscal sin inconsistencias, CLAE actualizado y Domicilio Fiscal Electrónico constituido; Para el beneficio de IVA, el SGI solo admite una presolicitud; la solicitud formal se tramita aparte, en los términos de la Resolución General 5173; Para la amortización acelerada en Ganancias, la carga en el SGI debe hacerse antes del vencimiento de la declaración jurada correspondiente, y los bienes informados deben coincidir con los declarados en esa DDJJ; La norma incorpora por ahora solo al RIMI, pero el propio texto anticipa que el SGI está diseñado para incorporar 'gradualmente' otros regímenes de inversión y beneficios tributarios a futuro — sin fecha ni régimen concreto todavía; No cambia los montos, plazos ni requisitos de fondo del RIMI (inversión de entre USD 150.000 y USD 9 millones, empresas hasta la categoría Mediana Tramo 2 inclusive): esos siguen regidos por el Decreto 242/2026 y la Resolución General Conjunta 5849/2026; Estado real: la resolución está publicada y vigente desde el día de su publicación (25/8/2026); no fue tratada por el Congreso porque es una resolución de un organismo de recaudación, no una ley ni un DNU.

¿"El trámite para acceder a los beneficios impositivos del RIMI ya tiene sistema propio y obligatorio: ARCA implementó el Sistema de Gestión de Inversiones (Resolución General 5889/2026)" ya es ley o está vigente?

Sí: es una norma vigente. Instrumento: Resolución General 5889/2026 de ARCA (RESOG-2026-5889-E-ARCA-ARCA), firmada por el Director Ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, fechada el 24/8/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 25/8/2026 (aviso N° 59851/26). Vigente desde el día de su publicación. Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.

¿Qué oportunidad abre para empresas?

El canal para pedir los beneficios fiscales del RIMI ya está operativo, no solo anunciado: Para la filial argentina de un grupo extranjero de porte mediano (hasta USD 9 millones de inversión, categoría PyME o Mediana Tramo 2) que evalúa un proyecto productivo local, esto cierra la brecha entre 'el régimen existe en el papel' y 'hay un trámite concreto para usarlo': antes de esta resolución, el RIMI estaba reglamentado pero el mecanismo operativo para inscribirse y pedir los beneficios no tenía todavía su implementación general. Lo accionable hoy es un chequeo de prerrequisitos administrativos con el contador local — CUIT activo, domicilio fiscal sin inconsistencias, CLAE actualizado y Domicilio Fiscal Electrónico— antes de intentar cargar un proyecto en el SGI, porque cualquiera de esos cinco puntos sin resolver traba el ingreso al sistema. Sigue sin ser un régimen para proyectos grandes (para eso está el RIGI, con piso de USD 200 millones): el RIMI apunta a inversión productiva de escala media.

¿A qué sector y organismo afecta?

Sector: inversiones. Organismo afectado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) — regula el acceso al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI), creado por el Título XXIII de la Ley 27.802 y reglamentado por el Decreto 242/2026 y la Resolución General Conjunta 5849/2026.

¿Cuándo se verificó esta información por última vez?

Última verificación editorial: 2026-08-25, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.

Guía completa (EN)Argentina RIGI (2026): 30-Year Incentives, USD 200M Threshold & the July 2027 Deadline (Decreto 105/2026)Leer en el Journal →
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