Exportar productos de origen animal sin renovar la habilitación por destino (SENASA RG 593/2026)
Hasta ahora, un frigorífico o establecimiento que exportaba productos de origen animal debía renovar periódicamente la habilitación de cada destino de exportación, aun cuando siguiera operando sin cambios. La RG SENASA 593/2026 elimina ese vencimiento: las habilitaciones de destino mantienen su vigencia mientras se conserven las condiciones que las originaron, sin plazo de caducidad (art. 9°), y los establecimientos que ya figuran en los listados y siguen exportando no necesitan presentar una nueva solicitud para conservarla (art. 5°), siempre que cumplan las exigencias higiénico-sanitarias y documentales. La resolución abroga la Resolución 108/2010, que imponía el régimen de renovaciones periódicas.
- Instrumento
- Resolución SENASA 593/2026 (BO 8/7/2026, aviso 48144/26) — abroga la Resolución SENASA 108/2010
- Organismo afectado
- SENASA — habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal
- Estado
- Vigente
- Última verificación
- 2026-07-08
Qué cambia
- Las habilitaciones de destino de exportación de productos de origen animal ya no vencen: mantienen su vigencia mientras se conserven las condiciones que las originaron (art. 9°)
- Los establecimientos ya incluidos en los listados autorizados que continúen exportando no deben presentar una nueva solicitud para mantener la habilitación (art. 5°)
- Se abroga la Resolución SENASA 108/2010, que exigía renovar periódicamente las habilitaciones por cada destino
- Se mantienen los controles oficiales y la responsabilidad del operador por las exigencias higiénico-sanitarias y documentales
- Menos trámite recurrente y más previsibilidad para sostener el acceso a mercados de exportación de carnes, lácteos, pescados y otros productos de origen animal
Oportunidades
Para una empresa que produce alimentos de origen animal en Argentina y exporta, el acceso a cada mercado deja de depender de una renovación periódica: la habilitación se mantiene mientras se cumplan las condiciones. Menos costo administrativo recurrente y más previsibilidad para planificar la exportación a mediano plazo.
Perfil: frigoríficos / agroexportadores / alimentos de origen animal
Fuentes
- CIRA — Resolución SENASA 593/2026 ↗
- SENASA — Resolución 108/2010 (régimen anterior, abrogado) ↗
- Argentina.gob.ar — Habilitación de destino de exportación (origen animal) ↗
Registro construido a partir de: SENASA acelera la desregulación — habilitaciones de exportación sin vencimiento (RG 593) + depuración del digesto (RG 591 y 592) · ingesta 2026-07-08. Es información, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia con "Exportar productos de origen animal sin renovar la habilitación por destino (SENASA RG 593/2026)"?
Hasta ahora, un frigorífico o establecimiento que exportaba productos de origen animal debía renovar periódicamente la habilitación de cada destino de exportación, aun cuando siguiera operando sin cambios. La RG SENASA 593/2026 elimina ese vencimiento: las habilitaciones de destino mantienen su vigencia mientras se conserven las condiciones que las originaron, sin plazo de caducidad (art. 9°), y los establecimientos que ya figuran en los listados y siguen exportando no necesitan presentar una nueva solicitud para conservarla (art. 5°), siempre que cumplan las exigencias higiénico-sanitarias y documentales. La resolución abroga la Resolución 108/2010, que imponía el régimen de renovaciones periódicas. En concreto: Las habilitaciones de destino de exportación de productos de origen animal ya no vencen: mantienen su vigencia mientras se conserven las condiciones que las originaron (art. 9°); Los establecimientos ya incluidos en los listados autorizados que continúen exportando no deben presentar una nueva solicitud para mantener la habilitación (art. 5°); Se abroga la Resolución SENASA 108/2010, que exigía renovar periódicamente las habilitaciones por cada destino; Se mantienen los controles oficiales y la responsabilidad del operador por las exigencias higiénico-sanitarias y documentales; Menos trámite recurrente y más previsibilidad para sostener el acceso a mercados de exportación de carnes, lácteos, pescados y otros productos de origen animal.
¿"Exportar productos de origen animal sin renovar la habilitación por destino (SENASA RG 593/2026)" ya es ley o está vigente?
Sí: es una norma vigente. Instrumento: Resolución SENASA 593/2026 (BO 8/7/2026, aviso 48144/26) — abroga la Resolución SENASA 108/2010. Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.
¿Qué oportunidad abre para empresas?
Sostener mercados de exportación sin re-tramitar cada destino: Para una empresa que produce alimentos de origen animal en Argentina y exporta, el acceso a cada mercado deja de depender de una renovación periódica: la habilitación se mantiene mientras se cumplan las condiciones. Menos costo administrativo recurrente y más previsibilidad para planificar la exportación a mediano plazo.
¿A qué sector y organismo afecta?
Sector: comercio exterior. Organismo afectado: SENASA — habilitación de destinos de exportación de productos y subproductos de origen animal.
¿Cuándo se verificó esta información por última vez?
Última verificación editorial: 2026-07-08, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.
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