Mercado de capitales: fondos sin cheques
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La CNV saca los cheques del mercado de capitales: desde el 15/9 la plata de los clientes entra y sale solo por transferencia bancaria o CVU (RG 1166/2026)
Desde el 15 de septiembre de 2026, el dinero que un cliente pone o saca de su cuenta en un agente del mercado de capitales —un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC)— solo puede moverse por transferencia bancaria desde o hacia una cuenta a la vista propia en un banco del país, o por el CVU de su CUIT.
La Resolución General 1166/2026 de la CNV, firmada el 14/9 y publicada en el Boletín Oficial el 15/9, reemplaza el artículo que desde mayo (RG 1141/2026) admitía también cheques electrónicos, con un tope de dos por día y por cliente. Los considerandos lo explican por la necesidad de asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos y evitar rechazos.
La prensa económica (La Nación, El Cronista, Ámbito) agrega un motivo fiscal: los echeqs negociados en el Mercado Argentino de Valores estaban exentos del impuesto a los débitos y créditos bancarios y se usaban para esquivarlo, en meses en que esa recaudación cayó en términos reales. Hay dos precisiones del texto oficial que la cobertura casi no contó.
La primera: la norma no toca la negociación de cheques de pago diferido en el mercado; lo que cambia es cómo entra y sale la plata de la cuenta del cliente. La segunda, clave para quien invierte desde afuera: los inversores extranjeros sometidos a debida diligencia especial según la UIF pueden seguir recibiendo y enviando transferencias desde y hacia un custodio local regulado por el BCRA —el propio o el de su entidad financiera del exterior—, con una instrucción específica o permanente al ALyC.
La norma también mantiene un circuito propio para los ALyC del agro, que pueden recibir fondos del corretaje de granos desde la cuenta afectada a esa actividad, con trazabilidad por cliente. El costo: según un ejecutivo del sector citado por Ámbito, quien movía fondos con echeqs negociados en el MAV pasa a pagar alrededor de 0,6% en cada punta; es una estimación de prensa, no un dato oficial.
- Instrumento
- Resolución General CNV N° 1166/2026 (RESGC-2026-1166-APN-DIR#CNV), firmada el 14/9/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 15/9/2026 (edición 35.992). Sustituye el artículo 3° de la Sección II del Título XI de las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.), que la RG 1141/2026 había modificado en mayo. Rige desde el día de su publicación
- Organismo afectado
- Comisión Nacional de Valores (CNV) — alcanza a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y demás sujetos registrados ante la CNV, y a sus clientes, incluidos inversores extranjeros
- Estado
- Vigente
- Última verificación
- 30 de septiembre de 2026
Qué cambia
- Única vía para ingresar y retirar fondos de clientes: transferencia desde o hacia una cuenta bancaria a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente, en una entidad del país autorizada por el BCRA, o el CVU de la CUIT del cliente (art. 3°, Sección II, Título XI de las Normas CNV, texto de la RG 1166/2026)
- Salen los cheques como medio de pago con clientes, incluido el cheque electrónico que la RG 1141/2026 había incorporado en mayo con un tope de dos por día y por cliente
- No cambia la negociación de cheques de pago diferido en el mercado: lo aclaran los considerandos de la resolución
- Inversores extranjeros con debida diligencia especial (UIF): pueden recibir y enviar transferencias desde y hacia un custodio local regulado por el BCRA, propio o de su entidad financiera del exterior, entregándole al ALyC una instrucción específica o permanente
- ALyC del agro: pueden recibir fondos de clientes provenientes del corretaje de granos y actividades agroindustriales desde la cuenta afectada a esa actividad, con trazabilidad e identificación de cada cliente
- Rige desde el 15/9/2026, día de su publicación en el Boletín Oficial
- Según la prensa (La Nación, El Cronista, Ámbito), el motivo de fondo es fiscal: los echeqs negociados en el MAV estaban exentos del impuesto a los débitos y créditos bancarios. Un ejecutivo citado por Ámbito estima un costo nuevo de alrededor de 0,6% en cada punta para quien operaba así
- ⭐ Estado real al 30/9/2026: vigente, verificada contra el texto publicado en el Boletín Oficial (aviso 347458 del 15/9/2026)
Oportunidades
NegocioAjustar el circuito de fondos con el ALyC local antes de que quede un pago rebotado
Para una empresa o un inversor extranjero que gira fondos a un Agente de Liquidación y Compensación argentino para operar en el mercado de capitales local —comprar o vender títulos, operar dólar MEP, suscribir fondos comunes de inversión—, lo accionable es confirmar con el ALyC que cualquier circuito de pago que todavía dependa de un cheque o echeq quede reemplazado por transferencia bancaria o CVU. Si el inversor es extranjero y está sometido a debida diligencia especial, conviene dejarle al ALyC la instrucción permanente con la cuenta del custodio local, que es la vía que la norma le reserva. No es una medida que abra una oportunidad de negocio nueva: es un ajuste operativo obligatorio, con un costo que antes no existía.
Perfil: empresas e inversores extranjeros que operan en el mercado de capitales argentino a través de un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC) local, y sus asesores financieros e impositivos
Fuentes
- Boletín Oficial (oficial) — Resolución General CNV 1166/2026, texto completo (15/9/2026)
- Argentina.gob.ar (oficial) — 'Precisiones sobre las modalidades de pago en el ámbito del mercado de capitales'
- microjuris (Al Día Argentina) — 'Legislación: Mercado de capitales: eliminan el uso de cheques para la recepción y entrega de fondos de clientes' (cita el texto de la RG 1166/2026, 15/9/2026)
- La Nación — 'Dan marcha atrás con una norma para que deje de caer la recaudación del impuesto al cheque' (14/9/2026)
- Ámbito — 'Polémica por una norma de la CNV: advierten que encarece el financiamiento para pymes al elevar la carga tributaria'
- El Cronista — 'La CNV dio marcha atrás con una operatoria que autorizó en junio por provocar una caída de recaudación fiscal'
Registro construido a partir de: 15 de septiembre de 2026 — La CNV publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 1166/2026: el dinero de los clientes del mercado de capitales entra y sale solo por transferencia bancaria o CVU, sin cheques · cargado el 15 sep 2026. Es información, no asesoramiento legal.
Preguntas frecuentes
¿Qué cambia con "La CNV saca los cheques del mercado de capitales: desde el 15/9 la plata de los clientes entra y sale solo por transferencia bancaria o CVU (RG 1166/2026)"?
Desde el 15 de septiembre de 2026, el dinero que un cliente pone o saca de su cuenta en un agente del mercado de capitales —un Agente de Liquidación y Compensación (ALyC)— solo puede moverse por transferencia bancaria desde o hacia una cuenta a la vista propia en un banco del país, o por el CVU de su CUIT. La Resolución General 1166/2026 de la CNV, firmada el 14/9 y publicada en el Boletín Oficial el 15/9, reemplaza el artículo que desde mayo (RG 1141/2026) admitía también cheques electrónicos, con un tope de dos por día y por cliente. Los considerandos lo explican por la necesidad de asegurar la disponibilidad inmediata de los fondos y evitar rechazos. La prensa económica (La Nación, El Cronista, Ámbito) agrega un motivo fiscal: los echeqs negociados en el Mercado Argentino de Valores estaban exentos del impuesto a los débitos y créditos bancarios y se usaban para esquivarlo, en meses en que esa recaudación cayó en términos reales. Hay dos precisiones del texto oficial que la cobertura casi no contó. La primera: la norma no toca la negociación de cheques de pago diferido en el mercado; lo que cambia es cómo entra y sale la plata de la cuenta del cliente. La segunda, clave para quien invierte desde afuera: los inversores extranjeros sometidos a debida diligencia especial según la UIF pueden seguir recibiendo y enviando transferencias desde y hacia un custodio local regulado por el BCRA —el propio o el de su entidad financiera del exterior—, con una instrucción específica o permanente al ALyC. La norma también mantiene un circuito propio para los ALyC del agro, que pueden recibir fondos del corretaje de granos desde la cuenta afectada a esa actividad, con trazabilidad por cliente. El costo: según un ejecutivo del sector citado por Ámbito, quien movía fondos con echeqs negociados en el MAV pasa a pagar alrededor de 0,6% en cada punta; es una estimación de prensa, no un dato oficial. En concreto: Única vía para ingresar y retirar fondos de clientes: transferencia desde o hacia una cuenta bancaria a la vista de titularidad o cotitularidad del cliente, en una entidad del país autorizada por el BCRA, o el CVU de la CUIT del cliente (art. 3°, Sección II, Título XI de las Normas CNV, texto de la RG 1166/2026); Salen los cheques como medio de pago con clientes, incluido el cheque electrónico que la RG 1141/2026 había incorporado en mayo con un tope de dos por día y por cliente; No cambia la negociación de cheques de pago diferido en el mercado: lo aclaran los considerandos de la resolución; Inversores extranjeros con debida diligencia especial (UIF): pueden recibir y enviar transferencias desde y hacia un custodio local regulado por el BCRA, propio o de su entidad financiera del exterior, entregándole al ALyC una instrucción específica o permanente; ALyC del agro: pueden recibir fondos de clientes provenientes del corretaje de granos y actividades agroindustriales desde la cuenta afectada a esa actividad, con trazabilidad e identificación de cada cliente; Rige desde el 15/9/2026, día de su publicación en el Boletín Oficial; Según la prensa (La Nación, El Cronista, Ámbito), el motivo de fondo es fiscal: los echeqs negociados en el MAV estaban exentos del impuesto a los débitos y créditos bancarios. Un ejecutivo citado por Ámbito estima un costo nuevo de alrededor de 0,6% en cada punta para quien operaba así; ⭐ Estado real al 30/9/2026: vigente, verificada contra el texto publicado en el Boletín Oficial (aviso 347458 del 15/9/2026).
¿"La CNV saca los cheques del mercado de capitales: desde el 15/9 la plata de los clientes entra y sale solo por transferencia bancaria o CVU (RG 1166/2026)" ya es ley o está vigente?
Sí: es una norma vigente. Instrumento: Resolución General CNV N° 1166/2026 (RESGC-2026-1166-APN-DIR#CNV), firmada el 14/9/2026 y publicada en el Boletín Oficial el 15/9/2026 (edición 35.992). Sustituye el artículo 3° de la Sección II del Título XI de las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod.), que la RG 1141/2026 había modificado en mayo. Rige desde el día de su publicación. Es información, no asesoramiento legal: verificá siempre el estado actual en la fuente oficial.
¿Qué oportunidad abre para empresas?
Ajustar el circuito de fondos con el ALyC local antes de que quede un pago rebotado: Para una empresa o un inversor extranjero que gira fondos a un Agente de Liquidación y Compensación argentino para operar en el mercado de capitales local —comprar o vender títulos, operar dólar MEP, suscribir fondos comunes de inversión—, lo accionable es confirmar con el ALyC que cualquier circuito de pago que todavía dependa de un cheque o echeq quede reemplazado por transferencia bancaria o CVU. Si el inversor es extranjero y está sometido a debida diligencia especial, conviene dejarle al ALyC la instrucción permanente con la cuenta del custodio local, que es la vía que la norma le reserva. No es una medida que abra una oportunidad de negocio nueva: es un ajuste operativo obligatorio, con un costo que antes no existía.
¿A qué sector y organismo afecta?
Sector: mercado de capitales. Organismo afectado: Comisión Nacional de Valores (CNV) — alcanza a los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC) y demás sujetos registrados ante la CNV, y a sus clientes, incluidos inversores extranjeros.
¿Cuándo se verificó esta información por última vez?
Última verificación editorial: 2026-09-30, contra las fuentes primarias citadas en esta página. El estado regulatorio puede cambiar; ante una decisión, confirmá en la fuente oficial.
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